Cuadernos electrónicos de Filosofía del Derecho. No 24
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- Mohammed Arkoun y la crítica de la razón jurídica islámica(2011) Cepedello Boiso, JoséEn el presente estudio, se muestran las ideas esenciales de la crítica de la razón jurídica islámica del pensador argelino Mohammed Arkoun (1928-2010). En opinión de este autor, para renovar la concepción tradicional y ortodoxa del derecho islámico, es imprescindible realizar un actualizado análisis interpretativo de sus textos sagrados, el Corán y la Sunna. Esta nueva lectura de los textos sagrados conlleva la necesaria deconstrucción de la razón islámica ortodoxa, con la finalidad de superar los anquilosados mecanismos hermenéuticos de la iytihad tradicional. A través de estas vías de renovación hermenéutica, será posible alcanzar una nueva lectura plural y democrática del derecho islámico.
- Itinerarios de la justicia(2011) Bueno Ochoa, LuisEl objetivo propuesto consiste en trazar una triple exposición a través de un doble itinerario que desemboque en un balance provisional; todo ello presidido por un ánimo en el que se abre paso lo meramente indicativo. El primer itinerario avanzará en clave iusfilosófica atendiendo a la noción de justicia como virtud. El segundo, en cambio, lo hará en un marco alentado por la idea de Derecho de acuerdo, por tanto, con la noción de justicia como valor superior del ordenamiento jurídico.ABSTRACT. The proposed objective is to draw a triple exposure through a dual pathway leading to a provisional balance. First itinerary, as a legal philosopher point of view, will advance according to the notion of justice as a virtue. The second one, however, will do so according to the idea of law (or the notion of justice) as a supreme value of legal system.
- Integración social, derecho a la diferencia y relaciones jurídico-privadas internacionales(2011) Mulero García, Juan SimónEn las actuales sociedades multiculturales, el gran reto es la convivencia pacífica entre las personas extranjeras e inmigrantes y la población autóctona a través del reconocimiento del “derecho a la diferencia”, para conseguir una verdadera igualdad jurídica en derechos. En este contexto, el nuevo DIPr de la inmigración desempeña una nueva función basada en el diálogo (ius communicationis) entre los distintos ordenamientos en presencia, interpretando sus normas (de conflicto) a través del “método de reconocimiento”, que consiste en considerar que el principio de la integración social es una función del referido sistema, de tal forma que se logre el reconocimiento de las relaciones personales y de vida de las personas extranjeras (también) en sus países de origen ABSTRACT. Nowadays we can say that the Conflict of Law system is changing because of the new immigration movement of people. The new private international situations that are connected with the immigration have had also a influence into the function of Private International Law, that is now the integration of people in the State of residence and in the State of origin, because people don’t loose the links with their State of origin during all the life. These new situations demands also new regulation methods for granting the enforcement of the relations creates in the State of residence in the origin State (“enforcement method”). In the other side, it is necessary to consider the opportunity to guarantee the “right to be different”, in the case of the immigrant people.
- Los derechos fundamentales como normas jurídicas materiales en la teoría de Robert Alexy(2011) Pérez Jaraba, María DoloresLa teoría de los derechos fundamentales de Robert Alexy se fundamenta en un concepto material de norma jurídica que es de carácter doble. Por un lado, se define por los rasgos propios de los principios, en consonancia con la idea de argumentación correcta. Pero, por otro lado, sigue teniendo peso la validez jurídica de las normas que contienen derechos fundamentales, consideradas como reglas constitucionales. Tal y como se argumenta en el trabajo, esta ambigüedad de la teoría de la norma de Alexy permite distintos acercamientos, positivistas y no positivistas, que es signo de su riqueza teórica. ABSTRACT. The theory of the civil rights of Robert Alexy is based on a material concept of rule of law. It is two-fold. On the one hand, is defined by the traits of the principles, consistent with the idea of ??correct argument. But on the other hand, weight is still the legal validity of the rules contained civil rights, constitutional rules considered. As argued in the work, this ambiguity of the norm theory allows for different approaches Alexy, positivist and positivist, which is a sign of its theoretical richness
- El alcance práctico del lenguaje no sexista solicitado desde el plano normativo: ¿Una cuestión resuelta?(2011) Centenera Sánchez-Seco, FernandoEn el ámbito jurídico cada vez es más frecuente encontrar expresiones que hacen alusión a la utilización de un lenguaje no sexista. El plano normativo quizá sea uno de los más representativos. En este trabajo se consideran varias leyes de igualdad donde aparecen expresiones de este tipo. Partiendo de esta circunstancia, se pretende dejar constancia de la dificultad que entraña la interpretación del alcance práctico de dichas expresiones. De otro lado se consideran también algunas prácticas que ya se pueden apreciar en nuestros días, y que aunque en principio pudieran considerarse una solución a la circunstancia precedente, también ofrecen algunos problemas.ABSTRACT. In the legal world it is becoming increasingly common to encounter allusions to the non-sexist use of language. In this regard, the sphere of regulation is possibly the best example. This article analyses various acts of equality legislation which feature such allusions in order to demonstrate the difficulty involved in interpreting the practical scope of such allusions. Consideration is also given to certain practices observable today which may appear to provide a solution to the foregoing situation, but which also pose some problems.
- Justiniano en Latinoamérica(2011) Calvo González, JoséEl texto repasa las iniciativas y desarrollo de políticas que desde el poder legislativo en Argentina y Nicaragua han fraguado en la reciente elaboración de colecciones normativas de sus respectivos sistemas jurídicos. Tales recopilaciones son el Digesto Jurídico Argentino y Digesto Jurídico Nicaragüense y han respondido asimismo a principios de depuración, inventario, armonización, consolidación normativa y unificación de la legislación vigente. El autor se interesa por los logros de su programa de desarrollo técnico legislativa, así como por el alcance de tales planteamientos en términos jurídico-político de contribución a la seguridad jurídica y el fortalecimiento del Estado de Derecho.ABSTRACT. The text reviews the initiatives and development policy from the legislative power in Argentina and Nicaragua have forged in recent collections of their respective legal systems. Such compilations are the Argentine Legal Digest and Nicaraguan Legal Digest and have responded to principles early clearance, inventory, harmonization, normative consolidation and unification of legislation. The author is interested in the achievements of his legislative program of technical development, as well the extent of such approaches in legal and political terms of contribution to legal security and strengthening the rule of law.
- Llano Alonso, Fernando H.: El Estado en Ortega y Gasset, Madrid, Dykinson, 2010, 222 pp. ISBN: 9788497726757.(2011) Ramis Barceló, Rafael
- Una propuesta de revisión de la idea de irregularidad en relación con la situación del inmigrante(2011) Pérez González, David E.Se propone una revisión del concepto de irregularidad de la situación del inmigrante en la sociedad de destino que incide en la discriminación habitual con respecto a los presupuestos inexcusables para el ejercicio de su autonomía personal. El plan de regularización de los inmigrantes se plantea en este sentido como un deber general de los miembros de la sociedad receptora de garantizar las condiciones para que el inmigrante pueda participar en condiciones de igualdad y no discriminación en la vida social. ABSTRACT. It is proposed a revision of the concept of regularity when talking about the situation of immigrants in the host society, which influences the habitual discrimination with regard to inexcusable budgets for the exercise of personal autonomy. The regularization plan of immigrants is raised, in this sense, as a general duty to members of the host society, in order to ensure the conditions that enable immigrants to participate in social life in conditions of equality and non-discrimination.
- Salguero, Manuel. La benevolencia. Genealogía de una virtud política ilustrada, EUG, Granada, 2011, pp. 197, ISBN: 978-84-338-5316-5.(2011) Peña Freire, Antonio Manuel
- Nuevo criterio interpretativo de los derechos fundamentales conforme a los tratados internacionales de derechos humanos en la Constitución Española(2011) Flores Martínez, AlejandraEn las siguientes líneas se pretende argumentar a la luz del ordenamiento jurídico español la existencia de razones jurídicas (válidas y suficientes) para catalogar como “criterio interpretativo de los Derechos Fundamentales” a los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, aportando cuatro tipos de argumentos: El primero, se deduce de la naturaleza jurídica de los tratados como fuentes del Derecho Internacional y como obligaciones internacionales para el Estado. El segundo, deriva de la incorporación automática de los Tratados al Derecho interno consolidándose como parte del ordenamiento jurídico. El tercero, es la pauta interpretativa que cuenta con respaldo constitucional en el artículo 10.2 de la Constitución Española. El cuarto, deriva de la insuficiencia de los criterios tradicionales al momento de interpretar las normas de los Derechos FundamentalesABSTRACT. The following lines pretend to argue in light of the Spanish law the existence of legal reasons (valid and sufficient) to classify the international human rights treaties as "interpretive criteria for Fundamental Rights", providing four types of arguments: The first is inferred from the legal nature of treaties as sources of international law and international obligations for the State. The second derives from the automatic incorporation of treaties into national law establishing itself as part of the law. The third is the interpretative guidance that counts with constitutional support in Article 10.2 of the Spanish Constitution. The fourth derives from the failure of the traditional criteria when interpreting the rules of Fundamental Rights.
- Una teoría de la justicia: Nietzsche contra la dignidad humana como fundamento de la comunidad política(2011) Sanz Burgos, RaúlLa moderna sociedad burguesa contiene para Nietzsche elementos que amenzan con provocar una reordenación total de la política y la sociedad en sentido igualitario. Con el objetivo de contribuir a frustrar el desarrollo de la cultura alemana en esa dirección -y basándose en su reconstrucción personal de la metafísica de Schopenhauer- expone la necesidad de someter políticamente a la mayoría de los seres humanos en favor de unos pocos liberados de la lucha por la existencia, así como de configurar el Estado de manera militarista. El fin de esta utopía consiste en llegar a hacer posible, entre algunos escogidos, una forma de vida en la cual no impere ya la racionalidad instrumental.
- Tecnocracia dentro del estado de derecho: sobre el respeto a los derechos fundamentales en las sociedades contemporáneas(2011) Fallada García-Valle, Juan RamónAunque en la década de los 60 del siglo pasado adquiriera bastante relevancia, actualmente algunos consideran superado el debate entre democracia y tecnocracia, entre participación y experticie, al haberse alcanzado un compromiso entre ambos sistemas de toma de decisiones y de legitimación, de forma que, en lugar de oponerse, ambos sistemas se complementarían. En esta comunicación se pretende plantear la conveniencia de reabrir aquel debate, pero reformulado en la contraposición entre estado de derecho y tecnocracia. Desde este enfoque, el carácter democrático de un procedimiento en la toma de decisiones debe ser evaluado, no exclusivamente a partir de su organización, sino en función de si la decisión tomada es respetuosa con los derechos fundamentales o no.


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