Revista de Derecho Civil Valenciano. 2007. No. 1
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- La propiedad del suelo no urbanizable en la Comunidad Valenciana(2007) Monfort Ferrero, María JesúsEn el presente artículo se realiza un estudio completo del concepto de suelo no urbanizable, así como de sus distintas categorias y de las distintas actuaciones que se puede llevar a cabo en el suelo no urbanizale común, analizando tanto la legislación nacional como la legislación de la Comunitat Valenciana.
- El modelo social de la Comunidad Valenciana. Visión desde el punto de vista del derecho(2007) Cobas Cobiella, María ElenaEste artículo trata de un Anteproyecto de Ley, que finalmente no fue ley por el cambio de legislatura, en el que se hacía una nueva ordenación de los distintos servicios sociales de la Comunitat Valenciana y una innovadora configuración del mismo concepto de derechos sociales, al definirlos y conceptuarlos como auténticos derechos con sustantividad propia y no comomeros principios rectores de la política social , lo que permite hablar de un modelo de derechos sociales singular y propio: el Modelo Social de la Comunitat Valenciana, basado en la calidad y el carácter integral de los servicios.
- La protección jurídica del discapacitado en la Comunidad Valenciana(2007) Guillén Catalán, RaquelEl presente artículo pretende dar a conocer la Ley 11/ 2003, de 10 de abril de 2003 que establece un auténtico estatuto de las personas con discapacidad y que desarrolla, dentro del marco competencial propio de la Generalidad Valenciana, el párrafo segundo del artículo 9 CE que impone a los poderes públicos el deber de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y los grupos en que se integran sean reales y efectivas, de remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y de facilitar la participación de toda la ciudadanía en la vida política, económica, cultural y social. En concreto, el artículo 49 de la Constitución española, derivado del párrafo primero del artículo 10 CE que contempla la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes y el libre desarrollo de la personalidad, obliga a los poderes públicos a realizar una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de las personas con deficiencias físicas, sensoriales y psíquicas a las que prestarán la atención especializada que requieran y ampararán el disfrute de los mismos derechos que el resto de la ciudadanía.


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