La cadena alimentaria como objeto de regulación jurídica: desde el conflicto de competencias a la concurrencia de normas
Diez años después de la promulgación de la Ley de la Cadena alimentaria (LCA), este trabajo analiza esta norma (una suerte de Ley de disciplina e intervención del sector agroalimentario) atendiendo a la naturaleza específica del objeto regulado. En efecto, si algo nos cuentan los acontecimientos de estos diez años de vigencia (importantes y polémicas reformas de la propia Ley, conflictos constitucionales, acusaciones del sector primario que han culminado en meses de tractoradas y protestas…) es que el problema de la ordenación de este sector no proviene solo de su estructura de mercado y de la complejidad de las relaciones entre sus operadores, sino también del hecho de que se trate de una realidad sobre la que actúan diversos poderes normativos y ejecutivos del Estado. En este trabajo se abordan, por tanto, los problemas que plantea en nuestro país la cadena alimentaria como objeto de regulación, examinando la evolución desde una situación de conflicto –en atención a la distribución constitucional de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas– a la necesaria coordinación de las Administraciones competentes desde la aceptación de la concurrencia normativa sobre el sector primario. El punto de vista del texto se justifica en la medida en que no es habitual encontrarse con una iniciativa legislativa cuyo objeto, lo regulado, sea propio de distintas disciplinas jurídicas y distintos poderes normativos y, al mismo tiempo, se trate de un objeto complejo, dinámico y transversal. Y es que, en definitiva, la Ley de la Cadena es una suerte de norma vertical público-privada que pretende tratar específicamente las relaciones económicas y jurídicas de un completo sector de la economía. El trabajo investiga, por tanto, cuál es la cadena alimentaria que interesa al legislador para luego pronunciarse tanto sobre el contenido de la regulación, como sobre los problemas de delimitación constitucional de competencias (entre el Estado y las Comunidades Autónomas, pero también con la UE) y de solapamiento de normas sobre el sector.











