Real Cedula de S.M. y Señores del Consejo, por la qual se manda que las Justicias Reales no permitan que los Tribunales Eclesiasticos tomen conocimiento de las nulidades de Testamentos è Inventarios, aunque se hubiesen otorgado por personas eclesiasticas y algunos de los herederos ò legatarios, fuesen Comunida [sic], Persona Eclesiastica ù Obra Pia, en la conformidad que se manda.