Pasado y presente de los regímenes económicos matrimoniales: Derecho romano VS Derecho civil común español
El régimen económico matrimonial es el conjunto de normas que ordenan las relaciones jurídicas patrimoniales de un matrimonio entre los esposos y entre éstos y los terceros con los que se relacionen patrimonialmente, tanto durante el matrimonio como el día que llegue a disolverse el mismo. Esta definición es aplicable tanto a normas existentes en el Código civil español como a normas existentes en el Derecho romano. El estudio del Derecho romano permite conocer los antecedentes más remotos y más importantes del Derecho civil español sobre estas materias debido a la conocida influencia del Derecho romano en el Derecho español a lo largo de la historia. Por ello, en el presente estudio se procede a caracterizar (en el sentido de determinar los atributos peculiares de cada sistema económico de modo que cada uno se distinga claramente de los demás, permitiendo de esta forma conocer las características inherentes y únicas en cada régimen económico) y a explicar la aplicación de los regímenes económicos matrimoniales (en el sentido de explicar los supuestos o casos más importantes en los que serían aplicables cada uno de ellos) tanto en el Derecho romano como en el Derecho común español, procediendo a compararlos a modo de conclusión.










