El Derecho canónico ante el final de una década. Análisis crítico de la actividad jurídica canónica del año 2018
A lo largo del año 2018 se ha podido experimentar de forma evidente lo que vive el Derecho canónico en la conclusión de esta segunda década del tercer milenio: la necesidad de adecuar la norma canónica a una vida eclesial sujeta a grandes cambios y movimientos, así como a una sociedad civil cada vez más universalizada e interrelacionada. Efectivamente, el ordenamiento canónico poscodicial está en permanente revisión y su codificación se antoja ya insuficiente. Es necesaria una legislación específica, sectorial, que responda a problemas cada vez más concretos e imprevistos en 1983. Con todo, debemos insistir en la necesidad de garantizar los avances jurídicos alcanzados en aras de garantizar la seguridad jurídica, la certeza del texto legal y su suficiente divulgación. En este sentido, las nuevas tecnologías pueden ayudar en esta tarea. Consecuentemente con lo dicho, también la legislación particular debe ser revisada y actualizada como, por ejemplo, la necesidad de adecuar las estructuras diocesanas a las normas reguladoras de la protección de datos de carácter personal. La complejidad de los ordenamientos civiles –como puede ser el español, que ha incorporado por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas, por ejemplo–, exige que quienes nos dedicamos al Derecho canónico, tanto desde la Universidad como desde cualquiera de los oficios relacionados con su ejercicio, tengamos una presencia mayor en el debate intra y extraeclesial. La conveniente tutela de los derechos de la Iglesia y de los cristianos depende en buena parte de ello.










