Una acción popular en la ejecución de disposiciones pietatis causa en derecho justinianeo

A partir del s. IV se produce ya un considerable incremento de disposiciones de carácter piadoso consecuencia de la influencia del cristianismo en la vida del súbdito romano de la época. No serían pocos los inconvenientes a la hora de hacer cumplir dichos negocios, pues el disponente puede haber nombrado la persona o personas encargadas de cumplir estas disposiciones, como los herederos, legatarios o algún cargo eclesiástico, o puede que muera sin decir nada al respecto. Ello va a provocar que el legislador tenga que intervenir y regular esta y otras cuestiones relativas a estas disposiciones. Especialmente en la época del emperador Justiniano, en la que el Estado e en estos actos piadosos una fuente de ingresos que permite el mantenimiento de diferentes tipos de establecimientos destinados a cuidar de los súbditos más necesitados, por lo que habrá de asegurar su cumplimiento. Es en este contexto en el que en el año 528 el emperador Justiniano crea una acción popular para exigir el cumplimiento de estas disposiciones pías. Ya encontramos un antecedente similar en una constitución promulgada en el año 469 por los emperadores León I y Antemio, aunque será Justiniano quien regule este instrumento con mayor detalle. En nuestra opinión, es esta finalidad piadosa así como su asimilación a bienes de carácter público lo que justifica y explica la creación de esta novedosa acción popular.

Bernad Segarra, L. (2025). Una acción popular en la ejecución de disposiciones pietatis causa en derecho justinianeo. Acciones populares. Contribuciones de Derecho público y privado romano. Madrid 2025. Vol. II. Ed. Dykinson, pp. 139-158
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