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Resumen: El fenómeno de la economía colaborativa y demás realidades económicas surgidas en torno a las plataformas digitales ha producido un fuerte impacto en el sistema de relaciones laborales. Esta nueva realidad no solamente provoca dificultades a la hora de decidir si los prestadores del servicio son o no trabajadores por cuenta ajena y, por consiguiente, si se les aplica o no la normativa laboral y, en su caso, cómo se adapta la misma a la concreta realidad en la que se organiza y presta el trabajo en ellas. Otros aspectos vinculados al ordenamiento jurídico laboral se ven igualmente afectados, entre ellos el ejercicio de los derechos colectivos tales como los de representación, negociación y huelga. La disgregación de los trabajadores que provoca la realidad productiva de las plataformas digitales, al no existir un espacio geográfico que permita aproximar a quienes se ven en una similar situación, dificulta la generación de una comunidad de intereses que se encuentra en la base de las estructuras de representación del personal, lo que está poniendo en cuestión la tradicional representación de los trabajadores a través de representantes sindicales o de representantes elegidos por los trabajadores en el seno de las empresas. Surge así un primer reto con respecto a los derechos colectivos de los trabajadores que constituye, además, un reto para la pervivencia de las organizaciones sindicales: cómo favorecer la representación de los trabajadores de las plataformas frente al empresario. Estos retos afectan igualmente a los instrumentos de autotutela colectiva, como son la negociación colectiva y la huelga, ambos estrechamente vinculados al primero de los desafíos mencionados.
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