Nuevo paradigma de los poderes y mandatos preventivos

La Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, ha supuesto un cambio significativo en nuestro ordenamiento jurídico al trasladar al derecho español lo dispuesto en la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecha en Nueva York el 13 de diciembre de 2006. Esta norma ha supuesto un gran cambio en la forma de entender la discapacidad y en los tipos de apoyo que pueden prestarse a las personas con discapacidad. Entre las medidas de apoyo voluntarias, adquiere indudable importancia la figura de los poderes y mandatos preventivos porque es aquella que posibilita que sea la persona la que elija quien o quienes le proporcionarán el apoyo y cuándo deberán proporcionárselo. Se regulan dos tipos de poderes preventivos: el poder preventivo con cláusula de subsistencia (art. 256 CC), conocido como poder continuado, en el que el poderdante otorga el poder con efectos inmediatos, incluyendo en él una cláusula que indique que el poder subsistirá si en el futuro precisa apoyo en el ejercicio de su capacidad; y el poder preventivo en sentido estricto (art. 257 CC), que es el poder que se otorga solo para el supuesto de que en el futuro se precise apoyo en el ejercicio de la capacidad. Ambos tipos de poderes deberán otorgarse en escritura pública e inscribirse en el Registro Civil. Con la legislación actual, se deja en manos de quien otorga el poder preventivo la decisión del momento en el que el poderdante necesitará apoyos. Por otra parte, y aunque por primera vez encontramos en el Código Civil una regulación de los poderes y mandatos preventivos, sigue siendo, cuanto menos, escasa e imprecisa. Y, una de las confusiones que genera es si los poderes preventivos deben consistir en un poder, en un mandato o en un mandato con poder. Este capítulo pretende dar respuesta a estas incógnitas, analizando los poderes y mandatos preventivos desde sus antecedentes. Se hace analizan también los poderes y mandatos preventivos otorgados por personas discapacitadas. Así también se hace referencia a la inscripción de estos poderes y mandatos.

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