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: El consentimiento informado aparece como un derecho de todo paciente a decidir en el ámbito sanitario. En este marco, es necesario determinar si los menores de edad han de ejercitar este derecho o si, por el contrario, precisan de la intervención de un tercero para llevarlo a cabo. A este respecto, nuestra legislación actual reconoce, con carácter general, el derecho a decidir de este colectivo. No obstante, en ocasiones pueden producirse limitaciones a su ejercicio motivadas bien por la ausencia de capacidad real, bien por el principio de interés superior. En definitiva, se trata de alcanzar el mayor beneficio para los menores de edad en el campo de la salud, evitando que se produzcan perjuicios para su vida o integridad. |