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Resumen El presente artículo reflexiona sobre la creación mediante las redes sociales de un nuevo espacio de control social, denominado panóptico digital. En este contexto, son analizados los límites a la libertad de expresión que representa la reforma introducida en los delitos de enaltecimiento del terrorismo y humillación a las víctimas mediante la reforma de la LO 2/2015 en materia de delitos de terrorismo. Sobre esta cuestión, son consideradas las deficiencias presentadas por la nueva redacción del precepto, que viene a configurar un régimen donde el rigor punitivo parece ser la norma, como muestra la posibilidad de agravar la pena cuando estos comportamientos sean realizados mediante el uso de redes sociales. |