Nebot Seguí, Rafael | |
This document is a artículo publicadoDate2015 | |
Este documento está disponible también en : http://hdl.handle.net/10550/47088 |
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En línea con las últimas reformas de la Ley Concursal, encaminadas a lograr la continuidad de empresas viables desde un punto de vista operativo, pero que no lo son desde una perspectiva financiera, la Ley 9/2015 vino a convalidar el texto del RDL 11/2015 y, adicionalmente, aclaró algunas dudas surgidas, introdujo mejoras técnicas y modificó algunos preceptos para incrementar la efectividad en la incentivación de la firma acuerdos de refinanciación y de la extensión de sus efectos a acreedores disidentes y, asimismo, para favorecer la venta unidades productivas rentables. A su vez, para el caso de que fracasen tales medidas, mediante el RDL 1/2015 (tramitándose como Proyecto de Ley), se introduce, con mayor o menor acierto respecto de sus condicionamientos, el mecanismo de segunda oportunidad, como excepción al principio general de responsabilidad patrimonial universal del deudor | |
Nebot Seguí, Rafael. Nuevas reformas de la ley concursal. En: Actualidad jurídica iberoamericana, 2015, Número 3: 611-626 |