Dies a quo para el cómputo del plazo de caducidad de la acción de impugnación de la filiación matrimonial correspondiente al marido: comentario a la STS núm. 728/2013, de 2 de diciembre (Rj 2013, 7832)
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Dies a quo para el cómputo del plazo de caducidad de la acción de impugnación de la filiación matrimonial correspondiente al marido: comentario a la STS núm. 728/2013, de 2 de diciembre (Rj 2013, 7832)

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Dies a quo para el cómputo del plazo de caducidad de la acción de impugnación de la filiación matrimonial correspondiente al marido: comentario a la STS núm. 728/2013, de 2 de diciembre (Rj 2013, 7832)

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Bataller i Ruiz, Enric
This document is a artículo publicadoDate2015

Este documento está disponible también en : http://hdl.handle.net/10550/41381
Se requiere un comportamiento diligente del marido para impugnar con éxito la filiación matrimonial atribuida. El término al efecto no se contará desde la obtención de una prueba completa e indubitada sobre la falta de paternidad real, sino desde la simple existencia de un principio de prueba derivado de indicios que no puedan ser ignorados sin incurrir en mala fe.

    Bataller i Ruiz, Enric. Dies a quo para el cómputo del plazo de caducidad de la acción de impugnación de la filiación matrimonial correspondiente al marido: comentario a la STS núm. 728/2013, de 2 de diciembre (Rj 2013, 7832). En: Revista Boliviana de Derecho, 2015, Número 19: 576-583

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